Subvención directa a la Generalitat de Catalunya para mejorar servicios ferroviarios.
El Real Decreto establece una subvención directa a la Generalitat de Catalunya, destinada a mejorar la calidad y sostenibilidad de los servicios de transporte ferroviario de cercanías y regionales en la región. Esta medida responde a acuerdos previos entre el Estado y la Generalitat, reconociendo la necesidad de financiar el Plan de Acción para la mejora de los servicios de Rodalies.
El texto del BOE detalla el proceso de transferencias de funciones del Estado a la Generalitat de Catalunya en materia de transporte ferroviario, lo que ha llevado a la necesidad de establecer subvenciones directas para cubrir las cantidades devengadas por las actuaciones del Plan de Acción.
La subvención tiene carácter excepcional debido a su impacto en la vertebración y cohesión territorial, así como en la garantía de seguridad y lucha contra el fraude.
En la sesión de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales del 28 de febrero de 2025, se reconoció la necesidad de estas subvenciones para cubrir el ejercicio de 2024, dado el impacto en la oferta ferroviaria y otras necesidades básicas.
El objeto de este Real Decreto es regular la concesión directa de una subvención a la Generalitat de Catalunya, con el fin de garantizar la sostenibilidad de los servicios ferroviarios. La Generalitat de Catalunya será la entidad beneficiaria de estos fondos, los cuales serán transferidos a Renfe Viajeros S.M.E., SA, como operador de los servicios.
La subvención cubre incrementos en la oferta ferroviaria, seguridad en estaciones e instalaciones, y lucha contra el fraude.
La concesión de la subvención se inicia de oficio y la Generalitat deberá presentar una solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Se requiere documentación justificativa, incluyendo la certificación de las actuaciones realizadas y los costes incurridos.
Las comunicaciones del procedimiento se realizarán por medios electrónicos y la resolución deberá notificarse en un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto.
La subvención asciende a 25.587.420 euros, financiada en dos anualidades. Es compatible con otras fuentes de financiación, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada.
El pago de la subvención se realizará de manera anticipada, condicionada a la justificación previa de los pagos anteriores efectuados a Renfe.
La Generalitat deberá transferir los fondos a Renfe y justificar los costes asociados. Está obligada también a notificar la obtención de otras ayudas y a presentar una cuenta justificativa de las subvenciones recibidas.
El incumplimiento total o parcial de los objetivos puede resultar en el reintegro de las cantidades percibidas. Los procedimientos de reintegro se regirán por la Ley General de Subvenciones.
La normativa también establece un régimen sancionador para infracciones relacionadas con la subvención.
Este Real Decreto se inscribe en un marco legal amplio que abarca la Ley General de Subvenciones y otras normativas aplicables, justificando el interés público, social y económico de la medida. La importancia de este decreto reside en su capacidad para mejorar los servicios ferroviarios, aspecto clave para la movilidad y la cohesión territorial en Catalunya.
Para más detalles, consulta la fuente oficial.
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